¿Qué ayudas para la rehabilitación de viviendas?

INFORMACIÓN DE SUBVENCIONES

Desde el Consorci de l’Habitatge de Barcelona se impulsa una nueva convocatoria de Ayudas a la Rehabilitación para el año 2016. Plazo de inscripción hasta el 31 de diciembre del 2016. Para más información:

ACCEDER

La Generalitat de Catalunya ofrece ayudas para la rehabilitación de edificios de viviendas (uso residencial) y de viviendas individuales. Se pueden otorgar préstamos preferenciales y subvenciones. Las subvenciones siempre son un tanto por ciento del presupuesto protegible (que es la cifra que la Administración reconoce como protegible y sobre la que se efectúan los cálculos del tanto por ciento de subvención). Para más información:

ACCEDER

El Ministerio de Fomento financia 4 programas de ayuda para la rehabilitación en el marco del Plan Estatal 2013-2016:
    Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria.
    Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas.
    Programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios.
    Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas.

ACCEDER

Desde el Consorci Metropolità de l´Habitatge ofrecen ayudas a través del Programa Rehabilitació. Para más información:

ACCEDER


¿QUÉ TIPO DE OBRAS PODRÍAN INCLUIRSE EN LOS PROGRAMAS DE AYUDAS?

En edificios:

  • Patologías estructurales, deficiencias constructivas y riesgo.
  • Accesibilidad (instalación de ascensores, supresión de barreras arquitectónicas).
  • Instalaciones comunitarias (agua, luz, gas).
  • Sostenibilidad, eficiencia y rehabilitación energética (mejora del aislamiento térmico y/o acústico, instalación de energías alternativas).

En interiores de viviendas:

  • Obras para conseguir los mínimos de habitabilidad.
  • Adecuación de instalaciones de agua, luz, gas y saneamiento.
  • Obras para facilitar la movilidad interior de la vivienda.
  • Mejora del aislamiento térmico y/o acústico.

¿Donde se pueden solicitar las ayudas de rehabilitación?

En las oficinas locales de vivienda y en las distintas sedes territoriales de la Secretaria de Vivienda. En la ciudad de Barcelona, consulte www.bcn/cat/habitatge en el que está disponible toda la información sobre vivienda en la ciudad.

ACCEDER

¿Cuáles son los requisitos necesarios para acceder a las ayudas de la rehabilitación?

No se pueden empezar las obras de rehabilitación antes de solicitar las ayudas. Sólo se pueden llevar a cabo las obras por riesgo grave e inminente, debidamente acreditadas con una orden de ejecución vigente del ayuntamiento. Como requisito previo, hay que solicitar a la Administración un informe técnico preceptivo, que en el caso de los edificios es el Test del Edificio (TEDI), y en el caso de las viviendas es el Informe Interno de Idoneidad (III). Dicho informe va a cargo de la Administración. Una vez obtenido el informe técnico, ya se pueden solicitar las ayudas, siempre que se haya publicado la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya. En el caso de obras de rehabilitación de interior de viviendas para uso propio, existe el requisito del límite de ingresos de la unidad familiar (3,5 veces el IPREM). Toda la información sobre los distintos tipos de ayuda a la rehabilitación puede encontrarse aquí:

ACCEDER

¿Existen otras ayudas a la rehabilitación que ofrezca la Generalitat de Catalunya?

El departamento de Acción Social y Ciudadanía ofrece ayudas para la adaptación o la mejora de la accesibilidad de la vivienda para personas con discapacidad. Para conocer las condiciones del derecho a una deducción fiscal por inversión en vivienda habitual consulta a la Agencia Tributaria (AEAT):

ACCEDER